Ley 11683 de
Procedimiento Fiscal
Las
acciones y poderes del Fisco para determinar y exigir el pago de los impuestos
regidos por la presente ley, y para aplicar y hacer efectivas las multas y clausuras
en ella previstas, prescriben:
a)
Por el transcurso de 5
años en el caso de contribuyentes inscriptos, así como en el caso de
contribuyentes no inscriptos que no tengan obligación legal de inscribirse ante la
AFIP, o que, teniendo esa obligación y no habiéndola cumplido, regularicen
espontáneamente su situación.
b)
Por el transcurso de 10
años en el caso de contribuyentes no inscriptos.
¿Cuándo comienza a correr el
término para que opere la prescripción de los impuestos?
Comenzará a correr el término de prescripción del
poder fiscal para determinar el impuesto y facultades accesorias del mismo, así
como la acción para exigir el pago, desde el 1º de enero siguiente al año en
que se produzca el vencimiento de los plazos generales para la presentación de
declaraciones juradas e ingreso del gravamen.
¿Cuándo comienza a correr el
término para que opere la prescripción de la acción para aplicar multas y
clausuras?
¿Cuándo comienza a correr el
término para hacer efectiva la multa y la clausura?
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contacto ubicado a la derecha.
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