En el día de hoy les traemos la respuesta a una consulta muy
frecuente:
Podrá tener empleados y deberá ingresar, por sus trabajadores
dependientes, los aportes, contribuciones y cuotas establecidos en los
regímenes generales del Sistema Integrado Previsional Argentino, del Instituto
de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, del Régimen del Sistema
Nacional del Seguro de Salud, de Asignaciones Familiares y Fondo Nacional del
Empleo y de la Ley sobre Riesgos del Trabajo, en los plazos y formas
establecidos por las normas de fondo y de procedimiento que regulan cada uno de
ellos.
Si tienes alguna consulta, no dudes en rellenar nuestro
formulario de contacto ubicado a la derecha.
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