Recordatorio: se encuentran obligados a emitir factura electrónica desde el mes de junio los sujetos que revistan la condición de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado y tengan declarada ante AFIP alguna de las siguientes actividades:
Alquiler de automóviles, maquinaria y equipos de transporte, y alquiler de prendas de vestir
Lo anterior expuesto es en cumplimiento de la RG (AFIP) 3571, publicada en el Boletín Oficial el 18/12/2013.
Para más información: http://encontable.blogspot.com.ar/2013/12/nuevo-regimen-de-factura-electronica.html
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