lunes, 2 de septiembre de 2013

Impuesto sobre la Transferencia de Inmuebles


Impuesto sobre la Transferencia de Inmuebles de Personas físicas y sucesiones indivisas (ITI, Ley 23.905): grava las disposiciones a título oneroso de bienes inmuebles ubicados en el territorio del país por parte de personas físicas y sucesiones indivisas (siempre que no resulten alcanzadas por el impuesto a las ganancias) .

Alícuota: El 15‰ sobre el valor atribuible a la transferencia.

Régimen de ingreso: retención del gravamen por el escribano actuante o, cuando el hecho imponible se perfecciona al momento del otorgamiento de la posesión, por el adquirente, cuando esta última operación se realice sin intervención del escribano.

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