Se sustituye el régimen de facilidades de pago para
contribuyentes y responsables concursados y fallidos, mediante el cual se
pueden regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y
también aduaneras.
En este orden, se adecuan los planes de facilidades de pago
para contribuyentes fallidos, en concurso preventivo, por aportes personales de
los trabajadores en relación de dependencia y sobre el tratamiento de los
créditos quirografarios, los cuales podrán ser cancelados en hasta 96 cuotas
dependiendo del tipo de plan que corresponda.
A tal efecto, se establece que los acogimientos podrán
realizarse mediante transferencia electrónica de datos a través del sistema
"MIS FACILIDADES". Asimismo, se seguirá utilizando cuando corresponda
el programa aplicativo "SISTEMA JERÓNIMO - Versión 5.0 Release 26 o
superior" para planes de regularización irregulares.

Por último, señalamos que las presentes disposiciones
resultan de aplicación respecto de las solicitudes que se efectúen a partir del
3/2/2014, así como también las que se hayan presentado con anticipación en sede
administrativa o judicial y se encuentren pendientes de aprobación y/o
consolidación de deuda. Resaltamos que hasta que se encuentren operativas las
opciones correspondientes en el sistema "MIS FACILIDADES" las
presentaciones de los planes de facilidades de pago regulares e irregulares se
continuarán realizando mediante los programas aplicativos vigentes. RG AFIP
3587.
Si tienes alguna consulta, no dudes en rellenar nuestro
formulario de contacto ubicado a la derecha.
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