Les recordamos que el
día 30 de Junio vence el plazo establecido por la AFIP para registrar las
relaciones con los trabajadores de casas particulares, dicho trámite se realiza con clave fiscal desde
la página web de dicho organismo. Se deberán registrar todos aquellos
trabajadores cuya jornada semanal supere las 6hs.

Desde el mes de Mayo
rigen además los nuevos valores para aportes y contribuciones y el formulario
102/B que se adecua a lo exigido por la nueva ley 26.844, dicha ley reemplaza
del decreto – ley 326/1956 y reconoce nuevos beneficios para aquellos
trabajadores contemplados en esta categoría.
Si tienes alguna consulta, no dudes en rellenar nuestro formulario de
contacto ubicado a la derecha.
Hola! Qué beneficios tiene para el empleador inscribir a un empleada doméstica? Gracias!!
ResponderBorrarPara el empleador, es una obligación determinada por la ley, como beneficio podría llegar (en caso de que corresponda) a deducirla del impuesto a las ganancias.
ResponderBorrarLos mayores beneficios en este caso son para el empleado, que contaría con una obra social, seguro de riesgos de trabajo y jubilación.